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Régimen Laboral del Sector Agrario

Con la finalidad de mejorar las condiciones del régimen laboral en el sector agrario, el Gobierno ha dispuesto la modificación de la Ley N° 27360, Ley del Régimen de Promoción Agrario, mediante la dación del Decreto de Urgencia N° 043-2019, publicado el día 29 del mes en curso, cuyos principales cambios damos a conocer a continuación.

  1. Vigencia: Los beneficios establecidos en la Ley del Régimen Agrario se amplían hasta el 31 de diciembre de 2031.
  2. Beneficios laborales de los trabajadores del régimen agrario:

a.-Remuneración Diaria: No menor a S/ 39.19, para aquellos trabajadores que laboren más de 4 horas semanales en promedio, precisando que la misma deberá estar compuesta por:

  • Remuneración Básica: No podrá ser menor a la Remuneración Mínima Vital (fijada a la fecha en S/ 930.00 mensuales).
  • Gratificaciones: Deberá ser equivalentes al 16.66% de la Remuneración Básica.
  • Compensación por Tiempo de Servicios: Deberá ser equivalente al 9.72% de la Remuneración Básica.

Los conceptos que componen la Remuneración Diaria, conforme a lo antes indicado, deberán ser registrados en la planilla en forma independiente para su debida identificación.

b.-Descanso vacacional: Se incrementa de 15 a 30 días calendario

c.-Indemnización por despido arbitrario: Se incrementa de 15 a 45 Remuneraciones Diarias por cada año completo de servicios con un máximo de 360.

3.- Aportaciones a EsSalud: Se incrementa en forma gradual:

-A partir del 01 de enero de 2020 – 6%

-A partir del 01 de enero de 2025 – 7%

-A partir del 01 de enero de 2027 – 8%

-A partir del 01 de enero de 2029 – 9%

Las modificaciones antes dispuestas, entrarán en vigencia a partir del 01 de enero del 2020.

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