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Tribunal Constitucional mantiene suspensión del cómputo de plazos en procesos de hábeas corpus, amparo, hábeas data y cumplimiento y reactiva el cómputo de plazos procesales exclusivamente en los procesos de incostitucionalidad y competenciales

Como consecuencia de la declaración del Estado de Emergencia y la disposición del aislamiento social obligatorio1, el Pleno del Tribunal Constitucional, en su sesión del 17 de marzo último, acordó por unanimidad suspender el cómputo de los plazos procesales y administrativos para cualquier actuación ante dicho organismo, mientras dure el Estado de Emergencia Nacional.

El día de ayer se ha publicado la Resolución Administrativa N° 071-2020-P/TC, mediante la cual se dispone mantener la suspensión del cómputo de los plazos en los procesos de hábeas corpus, amparo, hábeas data y cumplimiento, que se encuentren en conocimiento del Tribunal Constitucional, mientras dure el Estado de Emergencia Nacional y el aislamiento social obligatorio, y reactivar desde el día de hoy, 12 de junio, el cómputo de los plazos procesales exclusivamente en los procesos de inconstitucionalidad y competenciales.

Si requiere mayor información, no dude en contactarnos:

cesar.delgado@santivanez.com.pe
doany.saavedra@santivanez.com.pe

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  1. Decreto Supremo Nª 044-2020-PCM, prorrogado por mediante Decretos Supremos Nª 051-2020-PCM, N° 064-2020-PCM, N° 075-2020-PCM, N° 083-2020-PCM y N° 094-2020-PCM.
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