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Recuerda que ahora el Tribunal Fiscal puede notificar sus actos de forma electrónica

El pasado 17 de julio de 2020 se publicó la Resolución Ministerial N° 205-2020-EF, mediante la cual se deroga la Resolución Ministerial N° 442-2017-EF/40 y se aprueba el nuevo “Procedimiento para la notificación electrónica de los actos administrativos que emite el Tribunal Fiscal y otros actos que faciliten la resolución de las controversias”, cuyas principales disposiciones son las siguientes:

  1. Actos administrativos comprendidos
    • Resoluciones emitidas por los Vocales de las Salas Especializadas y por los Resolutores Secretarios de la Oficina de Atención de Quejas: resoluciones emitidas en expedientes de apelación, quejas y solicitudes de corrección, ampliación o aclaración, según corresponda.
    • Proveídos u Oficios.
    • Citaciones a informe oral.
  1. Desactivación automática del buzón electrónico

El Sistema puede desactivar de manera automática el buzón electrónico asignado al usuario, en caso haya transcurrido 2 años desde el último depósito en el buzón electrónico, y durante ese período no haya existido ningún expediente en trámite ante el Tribunal Fiscal. La desactivación implica que no se puede acceder al buzón ni a los documentos allí depositados, sin perjuicio de solicitar copias.

  1. Afiliación a la notificación electrónica del Tribunal Fiscal

El usuario-administrado deberá afiliarse al sistema de notificación por medio electrónico, ingresando a través del link disponible en la web del Tribunal Fiscal y consignando los datos de identificación correspondientes. Una vez que se concluya el procedimiento, se recibirá un formato de afiliación en el correo electrónico personal.

La afiliación surte efectos cuando se remita el código de usuario y la clave de acceso al buzón electrónico y al correo electrónico personal del usuario.

Se entenderá cumplido el requisito de afiliación a la notificación por medio electrónico, con la presentación del mencionado formato de afiliación junto con el escrito presentado ante el Tribunal Fiscal.

  1. Usuarios obligados a afiliarse a la notificación electrónica
  • El usuario-administrado que cuenta con expedientes de apelación pendientes de resolver, elevados al Tribunal Fiscal antes del 1 de febrero de 2018, relacionados con tributos administrados por la SUNAT.
  • El usuario-administrado con expedientes pendientes de resolver, relacionados con tributos administrados por el SAT de Lima, Municipalidades y otras Administraciones Tributarias no municipales.
  • Los usuarios-administrados que presenten apelaciones y quejas contra actos administrativos emitidos por la SUNAT, el SAT de Lima, Municipalidades y otras Administraciones Tributarias no municipales; así como solicitudes de corrección, ampliación o aclaración de resoluciones emitidas por el Tribunal Fiscal, en los que la Administración Tributaria involucrada en los procedimientos que originaron la emisión de estas resoluciones haya sido alguna de las señaladas previamente.

Asimismo, se dispuso que a partir del 20 de julio se notificarán por medio electrónico todos los actos administrativos y otros actos que emite el Tribunal Fiscal a los usuarios-administrados que ya cuenten con buzón electrónico y que tienen expedientes de apelación pendientes de resolver.

La Resolución entró en vigencia el 29 de julio de 2020.

Para ver la norma en comentario haga click en el siguiente ENLACE.

Contactos:

Milagros Fernandez – milagros.fernandez@santivanez.com.pe
Luisa Peralta – luisa.peralta@santivanez.com.pe

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