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Usuarios podrán obtener, vía web, certificados literales de partidas registrales a nivel nacional

El día de hoy se ha publicado la Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N° 058-2020-SUNARP/SN que autoriza la expedición certificados literales de las partidas registrales de los diferentes registros jurídicos a través del Servicio de Publicidad Registral en Línea (SPRL) mediante el uso de firma electrónica y código de verificación .

¿Qué es el Servicio de Publicidad Registral en Línea?

El Servicio de Publicidad Registral en Línea (SPRL) permite acceder a la base de datos que contiene los índices de los distintos registros, el repositorio centralizado de imágenes de las partidas registrales y de los títulos almacenados que consten en formato digital de las oficinas registrales, para obtener la información que se encuentre disponible.

De igual manera, permite a los usuarios solicitar desde un ordenador, vía web, e incluso desde la aplicación móvil de la SUNARP, publicidad certificada con firma electrónica, facilitándoles obtener la publicidad registral sin la necesidad de tener que pagar tasas por envío de documentación o acudir de forma presencial a las oficinas registrales. De esta forma, los usuarios podrán cumplir con el aislamiento social y evitar poner en riesgo su salud.

¿A partir de cuándo se podrá solicitar la expedición del certificado de partida registral?

– Para el caso de los Registros de Propiedad Inmueble, Personas Jurídicas y Personas Naturales, la expedición del certificado de partida registral entra en vigencia a partir del lunes 08 de junio de 2020.
– Tratándose el Registro de Bienes Muebles, el servicio entra en vigencia a partir del miércoles 01 de julio de 2020.

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