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Establecen medidas para facilitar la implementación del procedimiento de devolución de IGV a turistas

El día de hoy, 12 de agosto, se publicó el Decreto Supremo N° 226-2020-EF mediante el cual se modifica el Capítulo XI del Título I del Reglamento de la Ley del IGV e ISC, normas reglamentarias de la devolución del IGV a los turistas, a fin de facilitar su implementación.

El artículo 76° del TUO de la Ley del IGV e ISC regula la devolución del IGV que grave la venta de bienes adquiridos por extranjeros no domiciliados que ingresen al país en calidad de turistas, que sean llevados al exterior al retorno a su país por vía aérea o marítima, siempre que los traslade el propio turista. Además, el tercer párrafo del mencionado artículo dispone que la devolución podrá efectuarse también a través de Entidades Colaboradoras de la Administración Tributaria.

En ese sentido, una de las principales modificaciones es la regulación de la Entidades Colaboradoras, definidas como las personas jurídicas domiciliadas en el país encargadas de realizar la devolución del IGV al turista, que cumplen una serie de requisitos detallados en el Decreto Supremo. Al respecto, la SUNAT determinará cómo se reconocerá la calidad de dicha entidad. También se dispone que para solicitar la devolución del IGV reembolsado a los turistas, la Entidad Colaboradora deberá presentar ante la SUNAT una liquidación que tendrá carácter de declaración jurada, en las condiciones y plazos que esta establezca.

Asimismo, se han simplificado los requisitos para que los Establecimientos Autorizados emitan la Constancia TAX FREE, así como los requisitos para que proceda la devolución del IGV al turista.

El presente Decreto Supremo entra en vigencia a partir de la fecha en que se encuentre vigente la Resolución de Superintendencia que regule el procedimiento de devolución y se encuentre operativo el primer puesto de control habilitado (Aeropuerto Internacional Jorge Chávez), fecha que se señala mediante Resolución de Superintendencia.

Para ver la norma en comentario haga click en el siguiente ENLACE.

Contactos:

Milagros Fernandez – milagros.fernandez@santivanez.com.pe
Luisa Peralta – luisa.peralta@santivanez.com.pe

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