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Poder Judicial mantiene la suspensión de plazos procesales hasta el 28 de febrero

Con fecha 13 de febrero de 2021, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial emitió la Resolución Nº 000014-2021-P-CE-PJ, mediante la cual se ha dispuesto mantener la suspensión de los plazos procesales y administrativos de las provincias consideradas en el Nivel de Alerta Extremo por el Decreto Supremo N° 023-2021-PCM, del 15 al 28 de febrero de 2021.

Como se sabe, el 30 de enero de 2021, se publicó la Resolución Administrativa N° 000025-2021-CE-PJ, mediante la cual el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso la suspensión de plazos procesales y administrativos del 1° al 14 de febrero de 2021.

1. ¿Cuáles son las provincias en la que rige la suspensión?

Utcubamba, Santa Arequipa, Camaná, Islay, Caylloma, Abancay, Huamanga, Cutervo, Canchis, La Convención, Huancavelica, Huánuco, Ica, Piso, Chincha, Huancayo, Tarma, Yauli, Chanchamayo, Lima Metropolitana, Huaura, Cañete, Barranca, Huaral, Maynas, Ramón Castilla, Ilo, Pasco, Puno, Tacna y la Provincia Constitucional del Callao.

2. ¿Qué otras medidas se mantienen?

• Suspender el trabajo presencial.
• Establecer el trabajo remoto en el horario de 8 horas diarias.
• Autorizar a los jueces a retirar los expedientes de sus respectivos despachos con la finalidad de realizar el trabajo remoto.
• Todas las audiencias deberán ser virtuales, excepcionalmente podrá realizarse de modo presencial.
• Todas las notificaciones deberán ser electrónicas a través del SINOE.
• La recepción documentaria se realizará por la Mesa de Partes Electrónica, para todas las especialidades o materias, con firmas digitales o gráfica escaneada.

3. ¿Se atenderá de manera presencial?

En tanto dure la inmovilización social obligatoria se ha dispuesto la atención de la mesa de partes física, mediante el aplicativo de Citas Electrónicas, solo para temas urgentes, tales como los siguientes: requisitoriados, extradiciones, hábeas corpus, detenciones preliminares, prisiones preventivas y otros similares; así como violencia familiar, medidas cautelares, admisión y medidas cautelares en proceso de amparo, consignación y endoso en alimentos.

Si requiere mayor información, no dude en contactar a nuestra Jefa de Área de Litigios & Arbitrajes, Emily Horna Rodríguez, al siguiente correo electrónico: emily.horna@santivanez.com.pe

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