skip to Main Content

Se aprueban disposiciones reglamentarias para la Ley N° 31480, Ley que autoriza la disposición de la CTS

El día 04 de junio de 2022, se publicó el Decreto Supremo N° 011-2022-TR, que aprueba disposiciones reglamentarias para la aplicación de la Ley Nº 31480, Ley que autoriza la disposición de la compensación por tiempo de servicios (CTS) a fin de cubrir las necesidades económicas causadas por la pandemia del COVID-19, en los siguientes términos:

• Las disposiciones reglamentarias serán de aplicación para los trabajadores del sector privado comprendidos en los alcances del TUO del Decreto Legislativo N° 650, Ley de Compensación por Tiempo de Servicios, aprobado por Decreto Supremo N° 001-97-TR. Así como para los trabajadores de empresas del Estado y servidores civiles de entidades del sector público sujetos al régimen laboral del TUO del Decreto Legislativo N° 728, aprobado mediante Decreto Supremo N° 003-97-TR.

• Los trabajadores podrán disponer por única vez, hasta el 31 de diciembre de 2023, libremente del 100% de los depósitos de CTS que tiene acumulados a la fecha de disposición, para lo cual podrán:

a. Realizar el retiro, total o parcial, del monto disponible en su respectiva cuenta de depósito de CTS.

b. Solicitar que la entidad financiera efectúe el desembolso mediante transferencias a las cuentas del trabajador que éste indique conforme a los límites y condiciones establecidos en la normativa aplicable. En este caso, la entidad financiera cuenta con un plazo máximo de 2 días hábiles para efectuar la transferencia.

Para mayores alcances de la norma bajo comentario, contáctenos:

mayte.capella@santivanez.com.pe
cesar.delgado@santivanez.com.pe

Back To Top