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Disponen aplicar la facultad discrecional en la administración de sanciones por las infracciones tipificadas en los numerales 5 y 9 del artículo 174 del Código Tributario

El 31 de diciembre de 2022 se publicó la Resolución de Superintendencia N° 000052-2022-SUNAT/700000, con el fin de brindar facilidades a los contribuyentes para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias vinculadas con la emisión de la Guía de Remisión Electrónica – transportista, Guía de Remisión Electrónica – remitente y guías de remisión emitidas en formatos impresos o importados.

En ese sentido, mediante esta Resolución se dispuso aplicar la facultad discrecional de no sancionar administrativamente las infracciones tipificadas en los numerales 5 y 9 del artículo 174 del Código Tributario, detectadas desde el 1.1.2023 hasta el 30.6.2023, relacionadas con la emisión de las GRE y de las guías de remisión en formatos impresos o importados por imprenta autorizada, en los supuestos que se señalan a continuación:

Durante el plazo señalado (1.1.2023 hasta el 30.6.2023), ante la detección de las referidas infracciones y en los supuestos señalados, la SUNAT levantará actas preventivas, aun cuando se incurra en dicho incumplimiento en más de una oportunidad.

Para ver la Resolución N° 000295-2022/SUNAT, haga click en el siguiente ENLACE

Contactos:

Milagros Fernández – milagros.fernandez@santivanez.com.pe
Luisa Peralta – luisa.peralta@santivanez.com.pe

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