Reducen temporalmente el monto de inversión necesario para acogerse al Régimen Especial de Recuperación Anticipada del IGV
Mediante la Ley N° 31661, publicada el 30 de diciembre de 2022, se estableció el acogimiento excepcional al Régimen Especial de Recuperación Anticipada (RERA) del Impuesto General a las Ventas (IGV) regulado por el Decreto Legislativo N° 973.
De acuerdo al Decreto Legislativo N° 973, el monto de inversión para acogerse al RERA es de US$ 5’000,000.00. No obstante, la Ley en comentario establece que las personas naturales o jurídicas que realicen un proyecto de inversión, cuya ejecución involucre un compromiso de inversión no menor de US$ 2’000,000.00 podrán acceder al RERA, excepcionalmente, hasta el 31 de diciembre de 2024.
Cabe precisar que las solicitudes de acogimiento al RERA que se presenten al amparo de la referida Ley deben cumplir con los requisitos y aspectos establecidos en el Decreto Legislativo N° 973 y sus normas reglamentarias y complementarias.
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